Perfil público de profesionales que se denominan Dietista-Nutricionista, Dietista, y Nutricionista sin tener la titulación habilitante
Resumen
Material y Métodos: Estudio exploratorio y descriptivo de información recogida en páginas de internet, y redes sociales en el periodo de enero 2015 a diciembre 2019. Se incluye cualquier profesional/persona que se autodenomine y se publicite como DN/Dietista/Nutricionista sin contar con la titulación correspondiente (Diplomado/Grado en Nutrición Humana y Dietética).
Resultados: 244 profesionales se publicitan como Nutricionista (66,1%), DN (30,9%), y Dietista (3%), sin contar con la titulación correspondiente en la comunidad autónoma de Canarias. Del total de perfiles localizados, el 90,57% posee una titulación universitaria y, en concreto, 71,72% se corresponden con profesiones sanitarias.
Conclusiones: se hace necesaria la intervención de los colegios profesionales de DN en colaboración con las instituciones públicas competentes dado el elevado número de profesionales que incumplen la LOPS del año 2003, y la Orden CIN/730/2009, al denominarse con una titulación para lo que no están habilitados profesionalmente.
Palabras clave
Referencias
(1) Jefatura del Estado. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. BOE núm 280, 2003. Sec. I. Disposiciones generales, 21340 p. 41442-58.
(2) Cortes Generales. Constitución Española. BOE núm. 311, 1978. Sec. I. Disposiciones generales, 31229 p. 29313-424.
(3) Ministerio de Educación y Cultura. Real Decreto 433/1998, de 20 de marzo, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Nutrición Humana y Dietética y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél. BOE núm 90, 1998. Sec. I. Disposiciones generales, 8914 p. 12439-41.
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(10) Ministerio de Educación y Ciencia. Real Decreto 536/1995, de 7 de abril, por el que se establece el título de Técnico superior en Dietética y las correspondientes enseñanzas mínimas. BOE núm 131, 1995. Disposiciones generales, 13285 p. 16115-42.
(11) Conferencia de Consenso constituida por: Representantes de la Universidades Españolas que imparten la titulación y la Asociación Española de Dietistas-Nutricionistas. Documento de consenso. 2003. Perfil de las competencias del titulado universitario en Nutrición Humana y Dietética. Disponible en: https://www.codinucova.es/images/documentos/codinucova_propios/perfil_dn.pdf
(12) Código Deontológico de la profesión del Dietista-Nutricionista en España. Rev Esp Nutr Hum Diet. 2018; 22(Supl. 1): 2-8.
(13) Ministerio de la Presidencia. Real decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del Sistema de formación Sanitaria Especializada. BOE núm 45, 2008. Disposiciones generales, 31760 p. 10020-35.
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(15) Presidencia del Gobierno. Ley 3/2019, de 21 de febrero, que Crea el Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias. BOC núm. 47, 2019. Disposiciones generales 1060, p. 7554-57.
DOI: http://dx.doi.org/10.14306/renhyd.24.2.1016
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